El verano pasado, la demanda de autocaravanas experimentó un gran aumento debido a las limitaciones derivadas de la pandemia y al hecho de que proporcionan movilidad y un hogar a una distancia segura en pequeños centros de convivencia. Sin embargo, una de las cuestiones con las que más hay que tener cuidado a la hora de conducir son las diferentes multas que pueden recibir este tipo de vehículos, siendo la más común la de no saber distinguir entre acampar y pernoctar.
La Dirección General de Tráfico (DGT) siempre ha destacado el exceso de velocidad como la infracción más cometida. Un hecho que también afecta a las autocaravanas, ya que pueden alcanzar los mismos límites que un coche normal, con la velocidad más baja reservada sólo para las autocaravanas no homologadas (90 km/h en autopistas y 80 km/h en carreteras ordinarias) y los vehículos mixtos (100 y 90 km/h respectivamente).
Por lo tanto, si no se cumple esta normativa, los límites máximos para las autocaravanas son los mismos que para el coche particular. Las multas oscilan entre los 100 y los 600 euros, según la infracción, y la detracción de puntos del permiso de conducir va de cero a seis, según el límite superado y por cuánto.
¿Cómo debe aparcarse una autocaravana?
A la hora de aparcar las autocaravanas, también hay que prestar especial atención a la normativa municipal sobre cómo aparcar. Como norma general, siempre se aparca sin que sobresalga ninguna parte del vehículo, las sanciones por infringir estas restricciones de espacio oscilan entre los 30 y los 150 euros, según la gravedad.
Un hecho que puede pasar desapercibido para los principiantes con estos vehículos, así como la diferencia entre los términos "pernoctar" y "acampar". Dos palabras que hay que tener muy claras cuando se trata de pernoctar en una autocaravana, porque mientras lo primero está permitido, lo segundo es una infracción punible en casi todos los rincones de España.
Acampar en una zona no autorizada puede suponer una multa de hasta 6.000 euros
Se considera pernoctar en la autocaravana en cualquier lugar en el que esté correctamente aparcada sin obstruir el tráfico. Además, no está permitido colocar basura, mesas o sillas fuera del vehículo o un toldo, ya que se considera acampada.
Esto se castiga con hasta 6.000 euros en la mayoría de los municipios, dependiendo de los objetos que haya fuera del vehículo y de si se enciende una hoguera o se hace una barbacoa. Dos tareas que, al igual que la acampada, deben realizarse en zonas habilitadas (la demanda de acampada aumentó más de un 2,5% en España en 2020).
También se castiga la falta de respeto a zonas protegidas como playas o parques naturales. Con 40 euros por cada metro cuadrado de playa ocupado indebidamente, además de una posible multa de 150 euros por mal estacionamiento, las multas en un parque natural pueden llegar hasta los 5.000 euros por ensuciar, acampar ilegalmente o encender fuego.