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Casos en los que el responsable de una multa… puede librarse de pagarla
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La Ley de Tráfico indica que, por lo general, el autor de una infracción es la persona responsable, quién será sancionado. Sin embargo, cuando la policía o la Guardia Civil detiene un vehículo que ha cometido una infracción, la multa se impone directamente al autor de la infracción, aunque hay algunas excepciones en las que el denunciado puede ser el propietario del vehículo o alguno de los ocupantes. Vamos a verlas.

 

Vehículo captado por un radar o una cámara

Si la infracción se detecta mediante un radar o una cámara y no se puede detener al vehículo, la multa se dirigirá al propietario del mismo. Si éste no conducía el vehículo en el momento de la infracción, podrá identificarlo ante las autoridades para que la sanción se imponga al conductor infractor.

 

Multas por mal estacionamiento

Las multas originadas por un mal estacionamiento correrán siempre a cargo del titular del vehículo. Lo mismo ocurre en el caso de no pagar un peaje. Sin embargo, si el conductor fuera otra persona, el propietario podrá notificarlo y así la multa correrá a cargo del conductor.

 

La documentación y el seguro del vehículo

También hay sanción en caso de no haber pasado la ITV o no tener la documentación del coche en regla. En ambos casos el responsable es el titular del vehículo (aunque no sea el conductor del mismo).

Lo mismo ocurre cuando el estado de conservación del coche afecta a la seguridad (si se llevan las ruedas muy gastadas, una luna rota…). Si no se tiene contratado un seguro para el vehículo, también es el propietario el que debe asumir la multa.

 

¿Y los más pequeños?

Los bebés y niños han de ir sentados en sillitas o elevadores homologados. La Ley de Tráfico obliga a ello por su seguridad. De no hacer uso de ellos, la sanción, esta vez, será para el conductor. Existe una excepción con los conductores que presten un servicio público (como los taxistas), que no están obligados a disponer de estas sillas.

 

Motoristas

En cuanto a los motoristas, si el acompañante no llevara el casco puesto, será el conductor quien haya de responsabilizarse de la multa (que asciende a 200 euros y a la correspondiente retirada de tres puntos del carnet), aunque el propio conductor sí lleve puesto su casco. Ocurrirá lo mismo si el acompañante no tiene la edad mínima para ir en moto, sancionándose con la misma cantidad.

 

Coches alquilados

Si la infracción se comete con un vehículo alquilado, se responsabilizará de la misma a la persona que lo haya alquilado, a no ser que ésta identifique expresamente a otra persona como conductor.

 

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